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TEMAS contenidos: 
a) ASÍ TERMINAMOS EL AÑO: Invitación al brindis de fin de año en la LSR, con un breve raconto de algunas actividades realizadas (LR, 14/12/2013) pág. 1 - ESTO SE DIJO EL 20 de DICIEMBRE (LR - MdelC Verdú - Negro Soares - Tano Amato de Costa Rica - Ricardo Napurí, de Perú) pág. 2
b) 15 REFLEXIONES SOBRE LOS LEVANTAMIENTOS POLICIALES (LR, 10/12/2013): Denunciamos el carácter reaccionario, extorsivo y antiobrero de la asonada policial y de los saqueos montados a su servicio pág. 5
c) EL PANORAMA INTERNACIONAL (A. Aten, 6/12/13) pág. 7
d) LOS UNOS Y LOS OTROS: las tendencias políticas que operan en la conciencia del movimiento obrero hoy (A. Aten, 30/12/2013) pág. 8.

¡¡LIBERTAD a OSWALDO QUISPE!!

nuevo preso político en Argentina

Pedido de excarcelación presentado por Eduardo "el negro" Soares

18 de diciembre de 2013

SOLICITA EXCARCELACION
Señor Juez:
                    EDUARDO SOARES, defensor de OSWALDO CEFERINO QUISPE CASO, en la causa 5295/13, con domicilio constituido en Alsina 1535 piso 6to “601”, (Sede de la Asociación GREMIAL DE ABOGADOS de Argentina), a V.S. digo: 
                    I-OBJETO 
                    Que en tiempo y forma vengo a solicitar la excarcelación de mi defendido a tenor de los hechos que expongo: 
                    II-PROCEDENCIA 
                    Oswaldo Quispe está detenido por orden de V.S. con fines de extradición, lo que implica que no tiene causa alguna pendiente, ni requerimiento ni captura en la Argentina.-   El Estado requirente es la República del Perú.- 
                    El Tribunal nos informa que, de acuerdo a la legislación específica, Oswaldo debe permanecer detenido durante SESENTA DÍAS que sería el plazo que tiene el Estado requirente para remitir la documentación respaldatoria de la pretensión extraditable.-  Se nos dice que en consecuencia mi defendido debe esperar en prisión a que se cumpla con los requisitos administrativos.- 
                   Entiende esta Defensa que tal proceder resulta arbitrario e inconstitucional, ofende las más elementales normas protectoras de la libertad establecidas  por los Pactos y Tratados Internacionales.- Todo ello sin perjuicio de abundantes antecedentes jurisprudenciales sobre excarcelación de extraditados que obran en los Tribunales nacionales, como lo veremos mas abajo.- 
                    1) Arbitrariedad del plazo de sesenta días 
                    Imponernos sesenta días de prisión porque ello surja de un plazo absolutamente administrativo respecto de la obligación que tiene un estado extranjero es directamente un capricho, un esquematismo positivista que carece de todo sustento.- 
                   Ningún detenido en la Argentina, por orden o a disposición de nuestros Tribunales puede ser mantenido en prisión si no se adopta sobre la persona un auto fundado que así lo justifique.- 
                   Mi defendido ni siquiera tiene una acusación concreta, aún en el Estado requirente que tampoco ha justificado su petición como no sea con simples opiniones y documentación carente de sustento.- 
                  Documentación trucha, como todo lo que proviene de un Estado que practicó y practica el Terrorismo de Estado contra sus propios ciudadanos como lo acreditaremos con creses.- Y lo digo sin titubear porque –cuando aparezca si aparece- la documentación con la que pretendan ampararse comprobaremos lo que aquí expongo porque SIN VARIAR Y EN TODOS LOS CASOS que se ha requerido la extradición de un militante político, un opositor o un militante de la izquierda peruana, invariablemente se echa mano a acusaciones infundadas que luego nuestros Tribunales rechazan.- 
                 Así ocurrió en todos los casos, como “Liñan Vazquez”, “Rosalino León Fernandez”, “Luz Padilla Vaca”, y recientemente con “Rolando Echarri Pareja”.- Y si estamos a casos similares al presente pedidos por extradición por Perú tenemos  “Carranza Laurente, Juan Manuel” que está excarcelado desde hace años, mientras continúa activa la causa de requerimiento del Estado Peruano.- 
                De manera que nada nos sorprende, ni a éste defensor ni a la Asociación GREMIAL DE ABOGADOS  a quien la comunidad peruana refugiada en la Argentina suele encargarnos las defensas, porque en TODOS los casos es como aquí decimos: nubes de humo que cuando se disipan solo muestran la crueldad del estado terrorista y genocida del Perú, de antes y de ahora.- Desde Alán García y Fujimori hasta los actuales gobernantes que siguen asesinando impunemente a su Pueblo.- 
                  Tratando de hacer un esfuerzo para no ingresar al fondo de la cuestión que será materia de tratamiento en un futuro Debate, lo cierto es que no puedo menos que referenciar –como dije- la falsedad de las acusaciones que se han montado contra Oswaldo, lo cual se demostrará con creses como lo hemos venido haciendo desde LA GREMIAL DE ABOGADOS en todos los casos que nos ha tocado defender.- 
                 Pero la cuestión, a los fines de la presente petición de excarcelación, es establecer si mi defendido debe padecer sesenta días de prisión simplemente porque hay disposiciones administrativas/burocráticas que son indulgentes con el Estado requirente y terminan siendo cargosas para con el requerido aún cuando posteriormente éste recupere la libertad.- 
                 Que Oswaldo no tiene nada que ver con los hechos que se le imputan y que hay razones de sobra para rechazar la extradición se comprobará en el juicio (se comprobó con “Rolando Echarri Pareja” hace escasos meses y le advertimos al Estado Peruano que le daríamos una paliza procesal y judicial donde finalmente –como el mismo representante privado del Perú lo reconoció– fue el requirente quien terminó en el banquillo de los acusados  defendiéndose y no Rolando Echarri).- Cuando un Estado practica el Genocidio y el Terrorismo de Estado como lo hace Perú y como lo hemos vivido en carne propia los argentinos en general y los defensores de Oswaldo en particular, es casi imposible sostener una extradición porque es más que evidente que cualquiera que vaya a ese infierno será sometido a tratamientos judiciales, estatales y penitenciarios que ofenderían cualquier norma de protección al respecto.- 
                  Pero todo esto debemos discutirlo en el Juicio y hasta tanto no es posible que mantengamos la prisión de quien no hay siquiera presunción alguna ni de culpabilidad allá ni de que pueda ser factible la extradición desde acá.- 
                 2) No eludir la acción de la Justicia 
                En autos no podemos considerar que Oswaldo podrá afectar investigación alguna porque esta no existe.- Deberíamos establecer en la forma más acabada posible que Oswaldo no se va a escapar.- 
                 De la misma manera que el señor Representante del Ministerio Público podría decir “no porque no” o “no porque la norma establece sesenta días y chau, no se discute mas” o “no tengo garantías que no eludirá la justicia”.- Esta defensa podría plantear que no hay UN SOLO caso de peruano (peruano acusado por delitos ligados a actividades políticas o a organizaciones políticas) sometido a extradición que haya sido excarcelado que se haya fugado.- 
                 Es más, hasta podría decir que todos los extraditados (militantes de organizaciones políticas) que han sido defendidos por nosotros o por organizaciones similares a la nuestra, jamás se han escapado.- No ocurre con Juan Manuel Carranza Laurente (peruano) ni ocurrió con Leonardo Bertulazzi (italiano), ni con el Chileno Apablaza.- Tampoco con el Vasco Laríz Iriondo cuando su extradición fue rechazada pero mientras tramitó la apelación ante la Corte.- 
               Para que le quede claro Señor Juez, y eventualmente también al Fiscal cuando le corran traslado: los militantes políticos no huyen, no se escapan, sobre todo cuando están en forma legal, porque la legalidad es más importante que la clandestinidad para hacer política.-   
              Quizás esto es sencillo de entender para viejos defensores como los que asistimos a Oswaldo y más difícil para jóvenes como V.S. o el Fiscal.- Pero no duden que es así como les decimos: Oswaldo no escapará.-  Oswaldo en la clandestinidad no es nada, en la legalidad es un conocido periodista, respetado por argentinos y peruanos.-
              Como el tiempo de presentación de la presente nos apremia, no puedo acompañar ahora mismo la lista de nombres que traeré como garantía de que Oswaldo jamás intentará eludir la acción de la Justicia.-  Será aportada más temprano que tarde.-
                  3) Legalidad y arraigo
                   En su declaración mi defendido planteó dos o tres cuestiones que deben considerarse en este mismo momento a los efectos de lo que aquí se peticiona.-
                  En primer lugar su ingreso a la Argentina.- V.S y no el suscripto deberá acreditar que Oswaldo no se manejó jamás con documentos falsos o identidades alteradas (no me vengan conque en sus programas radiales se hacía llamar “Oscar Rojas” porque si es por eso habría que preguntarle a Fernando Bravo, a Romay y hasta el mismísimo Pelé, o el Papa Francisco,  las razones de utilizar nombres propios como apodos).- Me refiero a truchar una identidad y hacerse valer de la misma.-
                 En segundo lugar y avalando lo anterior, se presentó ante las autoridades argentinas correspondientes solicitando refugio político a su nombre y está ello en trámite.-
                Le dijo a V.S. que se presentó ante el Consulado peruano en la Argentina y que solicitó su pasaporte peruano y que estos PREVIO CONFRONTAR Y AVERIGUAR que carecía de antecedentes o requerimientos penales SE LO OTORGARON.-
                Esta circunstancias servirá también como argumento cuando tengamos que tratar el fondo del asunto, pero a los fines de la presente, debe considerarse como un elemento a favor de la excarcelación ya que tiene pasaporte peruano otorgado por Perú a nombre suyo  y sobre todo que implica una forma absolutamente legal y arraigada de convivencia en la Argentina.-
                También le dijo a V.S. que tiene DNI argentino y que las autoridades nacionales se lo otorgaron luego de verificar mismos extremos que las peruanas, esto es: que carece de antecedentes penales, capturas o requerimientos ni en la Argentina ni en Perú.-
               Ya que estamos aprovecho para mechar una pregunta algo improcedente en esta petición pero no puedo resistirme a hacerlo o esperar al juicio: ¿Cómo es posible que el Estado peruano le otorgara el pasaporte y el argentino el DNI pesando sobre Oswaldo semejantes imputaciones y requerimientos judiciales?   Por ahora dejémoslo ahí, simplemente considerémoslo a los efectos de la excarcelación.-
                  4) Mas arraigo: trabajos
                   Mi defendido además trabajaba de periodista.- En Perú, además de periodista era miembro de un Estudio de Abogados que defendían campesinos y criminalizados en sectores muy humildes y desprotegidos.-  Esto también explica la persecución actual.-
                  No puede ser!!!  Como? Lo perseguían por defender campesinos? Señor Juez, Señor Fiscal, eso es Perú, allá la vida y la libertad vale nada.- Podría darles a Uds. decenas de nombres de abogados defensores de presos políticos que terminaron siendo acusados de terrorismo como el caso del prestigioso abogado Alfredo Crespo y otros.- Tal el caso de Juan Manuel Carranza Laurente, miembro de la Asociación de Abogados Democráticos del Perú y defensor de presos políticos, actualmente excarcelado pero en vías a juicio de extradición es uno de ellos.-
                Los asociados fundadores de la histórica Gremial de Abogados que nos enorgullecemos en continuar han sido encarcelados, asesinados o desaparecidos por gobiernos elegidos democráticamente como el de Isabel Perón mediante sus A, (Igual que Alán García, Fujimori u Ollanta Humala) o por las dictaduras militares.-   
                  Acá en Argentina Oswaldo  trabajaba en La Olla TV y también en la radio de la Constituyente Social “Nuevo Amanecer” y por si fuera poco también se desempeño en la Cancillería Argentina.- Si, eso dije: la Cancillería Argentina.-
Oswaldo es miembro de la Red de Emigrantes y Refugiados y en tal carácter tenían convenios o relaciones con nuestra Cancillería.-
                   Y por si fuera poco, tiene una hija argentina.-
                   III- ANTECEDENTES DE PESO
                   Estos defensores entienden que no les será fácil ni al Fiscal ni al Juez adoptar un criterio como el que aquí se solicita.- Pensarán “si largo a un tipo acusado de terrorismo se me vendrán encima”, “la prensa me matará”, “los políticos, sobre todo los opositores dirán que favorezco al terrorismo”.-
                  Si encima me tengo que guiar por la prensa, veo que “Clarin” y “Pagina 12” se ponen de acuerdo en trascribir las declaraciones del Secretario de Seguridad Sergio Berni quien ya condenó casi a  muerte al pobre Oswaldo Quispe.- En ese sentido no se nos escapa a los defensores las acusaciones cruzadas de pertenencias políticas tanto respecto de V.S. como del Fiscal.-  De uno dicen que es ultra oficialista y del otro todo lo contrario.- Con lo cual la Defensa tendría que inferir que si Berni dice lo que dice de Oswaldo, la supuesta pertenencia política del magistrado de la causa implicaría que tendría preferencia a no malquistarse con su supuesto compañero de militancia en el oficialismo.-
                  Y quizás con el Fiscal ocurra todo lo contrario, sabe Dios.-
                  Y si mañana vamos a la Alzada o a la Casación tendríamos que analizar y evaluar las pertenencias de cada uno y así sucesivamente hasta el infinito.-
                  La Defensa y la Gremial de Abogados no nos hacemos semejantes expectativas, simplemente defendemos con las armas del Derecho.-
                  Y pedimos a Juez y Fiscal que –si pueden y en lo posible- hagan lo mismo, evalúen y determinen en virtud de los elementos del Derecho y no de consideraciones políticas o de pertenencias o de obediencias debidas.-
                    No es fácil, lo podemos entender.- Pero como dice el tango respecto de los jueces “han nacido pa fallar” y eso es lo que hay que hacer: resolver conforme a Derecho.-  Y el Derecho, el principal derecho, no las simples normas administrativas nos dicen que ninguna persona puede estar ¡sesenta días!!! Privado de su libertad a resultas de que un Estado envíe documentación.-
                 A los casos ya mencionados arriba, debo agregarle otro.-
                Me refiero al Fallo de Casación 46.787 “Álvarez del Canto Marcelo Arturo s/Excarcelación” de trámite por ante el Juzgado Federal 5 Secretaría 9 y bajo el Registro 232 del 29 de Mayo del 2012.- 
Se dijo:              
III. Teniendo en cuenta las características particulares del caso, es preciso señalar que, si bien estamos ante un supuesto de detención provisoria en el contexto de un pedido de extradición, no existe motivo alguno para apartarse del criterio de este Tribunal en materia de restricciones a la libertad durante el proceso.
En este sentido, y tal como lo sugirió la Defensora Oficial al solicitar la excarcelación de Alvarez del Canto, se declarará la inconstitucionalidad del artículo 26 de la ley 24.767, en cuanto dispone que en este tipo de trámites no son aplicables las normas referentes a la exención de prisión o la excarcelación, por encontrarse en contraposición del principio de inocencia consagrado en la Constitución Nacional y el artículo 8, inciso segundo, del Pacto San José de Costa Rica (ver en este sentido, de esta Sala, c. n° 29.770 “Armenacovich” del 03/07/98, reg. n° 506 y c.n° 31.853 “Lambert” del 04/05/00, reg. n° 339, entre otras).
Sentado ello, cabe recordar que en materia de libertades sostuvimos que cuando la Constitución Nacional consagra categóricamente el derecho a la libertad física y ambulatoria e impone el deber de considerar y tratar a todo individuo como inocente hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme, obliga al juez a descartar toda restricción de la libertad del imputado durante el proceso que no contemple como fundamento la existencia de peligro concreto de fuga o entorpecimiento de las investigaciones (ver en extenso los fundamentos vertidos en la causa n° 37.964 “Renduelles, Fabiana A. s/excarcelación”, rta. el 08/07/05, reg. 703 y sus citas, y causa n° 39.921 “Neiman” del 10/04/07, reg. n° 264; entre otras).
Es por estos motivos que las prescripciones legales de los artículos 316 y 317 del código de rito no pueden representar más que un parámetro relevante para evaluar la existencia de riesgos procesales. Y no obstante su configuración, pueden existir circunstancias que permitan descartar esos riesgos aún frente a una elevada amenaza de pena. Esto es así porque sólo los elementos de cada caso concreto pueden fundar válidamente –en tanto permitan presumir razonablemente la existencia de estos riesgos procesales– el encarcelamiento preventivo de un imputado (ver de esta Sala, causa n° 37.956 “Mendoza”, rta. el 14/07/05, reg. n° 719 y causa n° 41.976 “Soliz”, rta. El 17/07/08, reg. n° 812, entre otras).
En este orden de ideas se refirió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso “José, Jorge y Dante Peirano Basso” (informe n° 35/07 resuelto el 14 de mayo de 2007) y la Cámara Nacional de Casación Penal en el plenario n° 13, Acuerdo n° 1/08, “Díaz Bessone, Ramón Genaro s/ recurso de casación”, del 30 de octubre de 2008. En idéntico sentido, ver de esta Sala causa n° 42.412 “Escobar Sanabria” del 31/10/08, reg. n° 1298, entre otras.
Sin embargo, en el caso concreto consideramos que corresponde homologar el auto recurrido.
A diferencia de lo manifestado por la apelante, la circunstancia de que el requerido se halle detenido en la actualidad a disposición de otro Tribunal (c/n 1413/12 del TOF N°3) no puede ser considerada un fundamento razonable para evitar analizar en este legajo, de un modo autónomo e independiente, si puede avizorarse el peligro procesal de elusión sobre el que se funda el rechazo de su excarcelación.
El Sr. Alvarez del Canto, que es requerido por las autoridades chilenas en el marco de un proceso por el delito de fraude con tarjetas de crédito, está siendo perseguido en nuestro país por ilícitos en los que habría intervenido a través de la utilización de documentos de identidad apócrifos (c/n°1413/12).
Paralelamente, más allá de haber sido declarado rebelde en dos oportunidades en el marco de otros procesos (ver fs. 12 y fs. 31/2 del principal), no puede ser pasado por alto que su ingreso en la Argentina fue muy reciente, no posee un trabajo fijo y tampoco un lugar de residencia estable donde poder ser ubicado en caso de resultar necesaria su comparecencia. Las circunstancias apuntadas, que fueron adecuadamente valoradas por el instructor, permiten inferir que, de recuperar su libertad, el requerido podría profugarse, obstaculizando con ese proceder el presente trámite.
En función de las consideraciones efectuadas, y teniendo en cuenta que no existen por el momento otros medios menos lesivos que permitan neutralizar el riesgo procesal señalado, es que se confirmará la decisión por medio de la cual se dispuso no hacer lugar a la excarcelación de Marcelo Arturo Alvarez del Canto.
Por todo lo expuesto, el Tribunal RESUELVE:
I. DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD del artículo 26 de la ley 24.767.
II. CONFIRMAR el auto recurrido en todo cuanto decide y fuera materia de apelación.
Regístrese, hágase saber a la Fiscalía de Cámara con carácter urgente y devuélvase a la anterior instancia, donde deberán efectuarse las restantes notificaciones a que hubiere lugar.
Sirva la presente de atenta nota de envío.
Fdo.: Dr. Jorge L. Ballestero - Dr. Eduardo R. Freiler - Dr. Eduardo G. Farah
Ante mi: Sebastián N. Casanello
Secretario de Cámara
             Lo interesante del fallo, mantener la prisión del extraditado, tiene que ver con el concepto que ratifica respecto de la aplicación irrestricta de los mismos parámetros respecto de las libertades a cualquiera que sea detenido y que no pueda ser encuadrado en las limitaciones relativas a las mismas: posibilidad de fuga.-
            No es el caso de Oswaldo Quispe, el que debe ser excarcelado de inmediato.-
            IV- PIDE SE DECLARE INCONSTITUCIONALIDAD
            Al solo efecto de evitar eventuales planteos en contrario al respecto, vengo a solicitar formalmente y por las razones expresadas en el fallo arriba trascripto, la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.767.-
           Ello sin perjuicio de insistir en petición de excarcelación independientemente de que sea aceptada la declaración de inconstitucionalidad que se solicita.-
           V- PETITORIO
           Por lo expuesto de V.S. solicito:
1)Se tenga presentada la excarcelación en tiempo y forma.-
2)Se tenga presente lo expuesto.-
3)Se declare la inconstitucionalidad del art. 26 Ley 24767.-
4)Se haga ordene la excarcelación de Oswaldo Quispe Caso.-
                        Proveer de conformidad
                              SERA JUSTICIA
Viernes 20 de DICIEMBRE
INVITACIÓN al BRINDIS de FIN de AÑO 
con la LSR y compañeros de otras experiencias 
con los que venimos compartiendo un objetivo común
Estimadísimos: Estamos a las puertas de la finalización de un año intenso, con la asonada policial generalizada como muestra de qué es la democracia burguesa hoy, después de una experiencia de 30 años.
Es un año que inauguramos con un repaso de lo sucedido desde el 2001 hasta aquí, y en la famosa “década ganada” (Bandera Roja 103). Seguimos con una participación audaz en torno al “Memorándum” de entendimiento con Irán respecto del tema AMIA, acompañando las posiciones de Laura Ginsberg (Bandera Roja 104). Luego, la muerte de Videla nos posibilitó una reflexión profunda sobre el significado de los juicios y las nuevas políticas sobre DDHH en América latina. Y también recoger toda una condensación de nuestros análisis y líneas de acción, expresadas en el Encuentro del 1º de Mayo de 2013, que compartimos junto a Ricardo Napurí (Bandera Roja 105 y 106).
Luego vinieron la participación en las PASO y en las elecciones del 27 de octubre, apoyando la candidatura de Luis Zamora en la capital federal, como parte de nuestro llamamiento a repudiar y enfrentar la antidemocrática reforma de los partidos políticos, que expresamos mediante la anulación del voto en el resto del país.
Los juicios por Mariano Ferreyra, por Walter Bulacio, por los pretroleros de Las Heras; el séptimo aniversario de la desaparición de Julio López; la extradición de Echarri Pareja; las elecciones universitarias... nos encontraron en las calles, compartiendo la lucha con múltiples sectores, y un enfoque común de distintos aspectos de esta temática con compañeros de Correpi (Verdú) y de CLNS (Negro Soares). También tratamos de recoger las nuevas experiencias de los trabajadores, a través de la difusión del libro de Carlos Ghioldi sobre la experiencia de lucha en los ex supermercados EKI.
Entre medio, conscientes de todos los desafíos que tenemos por delante, hemos remodelado el local, con el esfuerzo de todos, para tener una sede en mejores condiciones para afrontar las tareas por venir. Y esto también fuimos capaces de hacerlo involucrando a compañeros de otras organizaciones.
Por último, estamos transitando una instancia fraterna y camaraderil para la Liga y para todo aquel que hubiese estado dispuesto a aprovecharlo, con el aporte de su tiempo que nos ha regalado el compañero Tano Amato, del POS Costa Rica, que nos guió en el estudio de contenidos fundamentales del pensamiento de Marx...
En síntesis, no podemos estar más felices ni más llenos de desafíos. De darle continuidad a aquel rumbo constitutivo de la LSR, trazado por Jorge Guidobono a finales de 1992: la convicción de que no existe “el” partido revolucionario plasmado en un pequeño grupo marginal, sino que éste se construye mediante la confluencia, debate, ruptura, en y con otros. En definitiva, con todos aquellos que comparten un rumbo común, que hemos dado en sintetizar en el eslogan
REVOLUCIÓN SOCIALISTA
o más BARBARIE CAPITALISTA
La tarea es dura, difícil. Pero necesaria y posible. El capitalismo lo deja cada día más claro, día tras día.
Hace falta, además, tu aporte económico sistemático y consecuente para dar continuidad a estas tareas. Y te pedimos un aporte extraordinario si pertenecés a la porción de trabajadores que todavía reciben un aguinaldo. Las razones de este pedido son obvias; no hace falta gastar palabras en algo tan trivial como vital.
Reunirnos para dar continuidad a estas tareas, es lo que nos convoca el próximo viernes 20 de diciembre, para expresar nuestras perspectivas entre todos los que hemos puesto algún grano de arena en esta colosal construcción.
¡NOS VEMOS!
El 20 de diciembre, a partir de las 20 horas en Sgo. del Estero 159, 1º “3”
(trataremos de que todos podamos expresarnos alrededor de las 21 horas)
Aclaración: Es de prever que tratándose del 20 de diciembre, haya movilizaciones que, al día de hoy, no están previstas. En ese caso, lo haremos junto a las fuerzas que se movilicen en reivindicación del “Que se vayan todos” y, luego, nos reunimos en el local para darle carnadura a nuestro brindis findeañero.
MAÑANA, 12 de diciembre a las 11hs.
en Av. Corrientes y Callao, CABA
nos movilizamos

¡¡ POR LA ABSOLUCIÓN

DE LOS PETROLEROS

DE LAS HERAS !!

Tu presencia es MUY IMPORTANTE
Este VIERNES 29 de NOVIEMBRE a las 17.30 horas 
nos encontramos en PLAZA DE MAYO 
bajo la bandera de la LSR para apoyar la presentación del 
INFORME ANUAL del Archivo de Casos 
de la Represión Policial e Institucional 
que aporta CORREPI desde hace ya 10 años.
La lucha antirrepresiva es una tarea de todos. 
¡NO FALTES!
NUESTRA ADHESIÓN a la actividad:

A los militantes de CORREPI 
A los familiares y amigos 
A todos los presentes

Queridos compañeros y compañeras:
Como en 1996, año tras año, la Liga Socialista Revolucionaria acompaña esta nueva presentación del Archivo de Casos de la Represión Policial e Institucional.
Es una herramienta fundamental para la militancia popular y para quienes bregamos por la revolución socialista internacional que termine con este sistema de barbarie capitalista que necesita cada vez más guerras y menos libertades.
Desde nuestro punto de vista, LA REPRESIÓN ES UNA POLÍTICA DE ESTADO y es la política común de los diferentes gobiernos desde 1983.
Al ritmo vertiginoso de la crisis económica capitalista, crecen también los ataques a los derechos laborales y gremiales, y seguirá creciendo la represión, bajo las formas que sea.
Por eso, no se trata de ser “kirchneristas” o “antikirchneristas”: SE TRATA DE SER ANTICAPITALISTAS y ANTIMPERIALISTAS. Es decir, se trata de orgnizarse para enterrar el poder de las clases poseedoras que viven a expensas de la fuerza de trabajo de la abrumadora mayoría y necesitan el monopolio de las armas para someter a esas mayorías al poder de las burguesías locales e internacionales.
Por todo esto, apoyamos esta actividad que Correpi desarrolla CON ABSOLUTA INDEPENDENCIA DEL ESTADO CAPITALISTA Y SUS GOBIERNOS DE TURNO, sin marearse con los vaivenes políticos y los engaños de las clases dominantes.

- Por los más de 4.000 PIBES ASESINADOS
- Por los 213 DESAPARECIDOS
- Por los 69 COMPAÑEROS ASESINADOS por luchar, y los miles de perseguidos
- Por la LIBERTAD DE LOS PRESOS POLÍTICOS.
- NO a la EXTRADICIÓN de los LUCHADORES POPULARES.

CONTRA LA IMPUNIDAD DEL ESTADO DE LOS EXPLOTADORES, 
SUS GOBIERNOS DE TURNO Y LOS BURÓCRATAS A SU SERVICIO: 
¡CONCIENCIA, ORGANIZACION y LUCHA! 

Fraternalmente,
LIGA SOCIALISTA REVOLUCIONARIA
LUNES 18 a las 19, SALON COMEDOR
FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES
Sgo. del Estero 1049 (CABA)

Estimados todos: 
La Liga Socialista Revolucionaria invita a acompañar al compañero Eduardo Soares en su participación en la charla debate que se realizará por iniciativa de los compañeros peruanos del Movimiento por  la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) acerca de la criminalización de las luchas sociales. Es un tema de vital importancia para todos los activistas y militantes que enarbolan las banderas de los explotados del mundo, y es una forma de solidarizarnos con nuestra hermana clase obrera peruana, que viene protagonizando una tragedia que recrudece día tras día en las últimas tres décadas.
Para mayor información pueden ver el sitio http://movamnsitiayderfundamentales.blogspot.com.ar/
A continuación, reproducimos el comunicado emitido por Eduardo "el Negro" Soares.
LOS ESPERAMOS

---------- Mensaje reenviado ----------
De: Eduardo Soares 
Fecha: 18 de noviembre de 2013 00:22
Asunto: DAMOS CHARLA/DEBATE: CRIMINALIZACION LUCHAS SOCIALES
Para: "elnegrosoares@yahoo.com.ar"
ORGANIZADO  por los compañeros peruanos del MOVADEF, participaré en una charla y discusión sobre la CRIMINALIZACION DE LA LUCHA POPULAR en mañana 18, en el comedor de la nueva facultad de Sociales, Santiago del Estero 1049 (entre Carlos Calvo y Humberto I), a las 19hs.-
Seguramente abarcaremos la historia reciente de las luchas, las criminalizaciones de las protestas en Argentina y otros lugares del mundo pero que se relacionan, y muy seguramente los distintos tipos de solidaridades (o las carencias y limitaciones de ellas) en los distintos casos.-
un abrazo

18 de noviembre 19hs Santiago del Estero 1049
Comedor de Facultad de Ciencias Sociales UBA

¡Por la ABSOLUCIÓN de

los petroleros de LAS HERAS!

Nos movilizamos: Viernes 15, 17 horas

del Obelisco a la Casa de Santa Cruz

¡TU PRESENCIA ES NECESARIA!

Nos encontramos en Corrientes y Cerrito (esq. del banco)



Ante las elecciones del 27 de octubre:
NO VOTE A LOS CAPITALISTAS
Y SUS REPRESENTANTES, 
NI A LOS QUE QUIEREN
ENTRAR AL CONGRESO 
PARA PONERLE MAQUILLAJE AL SISTEMA.
TODOS MIENTEN.
Basta de respaldar a supuestos "salvadores"
que prometen soluciones mágicas.


HOY: ZAMORA EN SOCIALES
Este viernes 18 a las 20:00 hs.
Charla debate:
"LAS ELECCIONES Y
LOS DESAFÍOS QUE VIENEN"
Hablan:
Luis Zamora, candidato a diputado nacional.
Sergio Sallustio, candidato a senador nacional.
Fernando Vilardo, candidato a legislador porteño.
Facultad de Cs. Sociales UBA
Santiago del Estero 1029 (Constitución) - Aula 301-B

Dada la cercanía de las elecciones los invitamos a participar en esta actividad organizada AyL
para conocer mejor sus puntos de vista.
También les copiamos el link de la entrevista
en el programa de Silvestre del 17 de octubre en A24:
11/10 - Alegato de Correpi
Concentramos 12 hs en Paraguay 1500
¡Yo sabía que a BULACIO
lo mató la policía!

JUICIO contra el Comisario Espósito
por la detención ilegal

El atentado a la AMIA es una pieza en el tablero geopolítico
Reproducimos a continuación el comunicado de APEMIA (Agrupación por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la AMIA), cuyo contenido compartimos:

CRISTINA KIRCHNER LO RECONOCIÓ: EL ATENTADO A LA AMIA ES UNA PIEZA DEL TABLERO DE LAS GRANDES POTENCIAS
En el marco de la 68° Asamblea de Naciones Unidas, el gobierno argentino se dio por enterado formalmente que Irán ya había aprobado el Memorando.
¿Y entonces? ¿Cómo es que no pueden redactar “cartas reversales”, o definir la fecha para conformar la “Comisión de la Verdad”, o el viaje del juez interviniente?
No pueden definir nada porque cualquier definición vinculada al tema AMIA está supeditada al acuerdo más general de las negociaciones que Estados Unidos e Irán anunciaron en Naciones Unidas.
Esta fue la novedad confirmada por la Subsecretaria para América Latina de los Estados Unidos, al admitir que fue el propio gobierno argentino quien pidió incluir el tema AMIA en la mesa de negociaciones de las grandes potencias con Irán.
Timerman y Cristina Kirchner reconocieron recién hoy el pedido oficial al gobierno de Obama para que la causa AMIA sea incorporada en la agenda de diálogo entre los Estados Unidos e Irán.
El gobierno mentía, entonces, cuando decía que “no vamos a permitir que la AMIA pueda ser utilizada como una pieza de ajedrez en el tablero internacional” (Discurso de la Presidenta de la Nación, 01/03/2013. Apertura de 131º sesiones ordinarias del Congreso).
Fue el mismo gobierno el que lo puso en esa condición!
Después de poner el atentado a la AMIA al servicio de las necesidades y propósitos de las grandes potencias, el gobierno argentino no puede “avanzar” con el memorando de manera unilateral.
¿Alguien puede suponer que el destino final de un eventual acuerdo de las grandes potencias con Irán por el control sobre la energía nuclear, o por Siria, o por el levantamiento de las sanciones económicas, va a estar condicionado por el tema AMIA?
Durante una década, el gobierno nacional montó una acusación contra Irán sin mostrar una sola prueba, en un contexto de guerra en Medio Oriente y de lucha contra el “terrorismo” y “el Eje del Mal”. Era la excusa para justificar el no esclarecimiento y el abandono de la búsqueda de los responsables locales. El resultado de esta política de alineamiento con el gobierno de Bush-Obama fue un fracaso para el esclarecimiento de la masacre de la AMIA y, según lo reconoció el propio Timerman, significó el aislamiento internacional de nuestro país.
Ahora y en nombre de la paz, el gobierno de Kirchner pone el tema AMIA al servicio de esta nueva instancia de negociación internacional, que no tiene nada que ver ni con el esclarecimiento del crimen ni con saber la verdad.
Esta política es continuidad de la anterior, porque sólo busca justificar el pasado y el presente encubridor del propio Estado nacional y, por tanto, es un nuevo obstáculo para conocer la verdad y para juzgar y castigar a todos los culpables.
En esta nueva etapa “dialoguista”, la oposición parlamentaria junto con las direcciones de DAIA y AMIA no son una alternativa a las maniobras de gobierno ya que son parte de ellas. 
Han perdido el rumbo y no plantean ninguna vía de salida. Dudan si presentar un proyecto para derogar la Ley del Memorando o esperar los primeros resultados de las reuniones internacionales en marcha.
Persisten en un discurso reaccionario de acusación contra Irán y de alineamiento con la derecha norteamericana e israelí, sin ser capaces de reconocer que los intereses y los métodos de la nueva “onda internacional” los expresan mejor Cristina Kirchner y Timerman.
Tanto los familiares de la Asociación 18J como Memoria Activa, ambos cercanos al gobierno, aplaudieron el discurso de la Presidenta quien ironizó acerca de la necesidad de “explicar lo obvio” y dijo que “la causa está estancada desde hace 19 años, no se moviliza”…
Lo obvio es que de los 19 años de estancamiento, diez son responsabilidad del kirchnerismo y los próximos por venir, también. ¿Por qué?
Porque la conformación de la mal llamada “Comisión de la Verdad”, el establecimiento de las reglas de funcionamiento de esa Comisión, el análisis de los antecedentes de los posibles integrantes y el tiempo que se demore para intercambiar y analizar toda la documentación presentada, previamente traducida al inglés y al farsí, se llevarán unos cuantos años más, sin considerar el ritmo propio de las negociaciones internacionales.
Y aún así, si todo ésto ocurriera dentro de algunos años y se llegara a un acuerdo para entregar a algún acusado, ¿alguien estaría convencido, seriamente, de que la masacre de nuestros familiares y amigos habría sido esclarecida?
La ley del Memorando es la culminación del ciclo político abierto por el gobierno de Néstor Kirchner en el tema AMIA. Es la demostración de la incapacidad y el fracaso para esclarecer este crimen de terrorismo de Estado del cual el Estado argentino ya se reconoció responsable en, al menos, su encubrimiento. Fue el propio gobierno de Kirchner quien lo hizo en el Decreto 812 del 2005.
Cuando el Estado sigue ocultando su responsabilidad como “conexión local” del atentado y sólo busca defender lo que queda del montaje de una acusación internacional, la ley del Memorando no es más que una ley de encubrimiento. El Estado argentino no puede esclarecer ni ofrecer verdad y justicia porque es el organizador del encubrimiento y de la impunidad, para lo cual contó con la complicidad de las direcciones de la comunidad judía local, de las grandes potencias e Israel.
Para superar los nuevos obstáculos leguleyos que plantea el gobierno a un Memorando aprobado pero no vigente, es necesaria una política diferente.
Para esclarecer el atentado y perseguir a los responsables es indispensable la apertura inmediata de los archivos secretos en poder del Estado. Hacemos un llamamiento a las organizaciones políticas, estudiantiles y de derechos humanos para debatir y desarrollar esta propuesta. Y lo hacemos extensivo a los diputados y senadores, para que no sigan ocultando más los hechos: el Estado argentino es el responsable de la masacre de la AMIA.  
Es indispensable constituir una Comisión Investigadora Independiente, una comisión que investigue la verdad incuestionable de las responsabilidades criminales y encubridoras del Estado nacional y sus socios. Con sus aportes y resultados podremos impulsar una acción penal legítima para condenar a todos los culpables y superar las nuevas maniobras de encubrimiento.

Buenos Aires, 1º de octubre de 2013
APEMIA 
28 de septiembre

1990 - 2013

A 23 años del asesinato de

ANDRÉS NUÑEZ
¡Castigo a los responsables
de su crimen!

¿Dónde están Julio López, Luciano Arruga y Daniel Solano?

CONTRA LA REPRESIÓN
POLICIAL E INSTITUCIONAL:

ORGANIZACIÓN Y LUCHA

Desde la LSR saludamos a
sus familiares y amigos
y acompañamos la lucha
contra la impunidad de este crimen
del Estado capitalista represivo.

LIGA SOCIALISTA REVOLUCIONARIA
Revolución Socialista
o más Barbarie Capitalista
YO SABÍA QUE A BULACIO

LO MATÓ LA POLICÍA

24 de Septiembre: Inicio del JUICIO
Concentramos desde las 8 en CALLAO y PARAGUAY

A 7 años de la desaparición forzada
de Julio López:
De eso no se habla
Miércoles 18, 18 horas,
de Congreso a Plaza de Mayo
Cita de la LSR: 18 hs. en Av. de Mayo y Santiago del Estero

Jorge Julio López hoy está tres veces desaparecido: en la dictadura, en la democracia y en el discurso de Cristina Fernández, quien declaró: “por suerte hoy nadie puede desaparecer y estamos todos vivitos y coleando”.
Vivitos, coleando y en libertad están los fascistas que lo desaparecieron, mientras se festeja 30 años de democracia y una “década ganada”
Y mientras la oposición político - empresarial milita para generar un clima golpista entre la población, el gobierno nacional recoge el guante de la derecha y decidió mostrarse como el mejor garante de la mano dura.
* Miles de gendarmes patrullan ya las calles de la provincia para ejercer más control sobre la población trabajadora y la juventud.
* Se anuncia la baja de la edad de imputabilidad para los menores, criminalizando aún más la pobreza y pretendiendo distraernos de que la mayor inseguridad para la población se deriva de los negocios entre las mafias políticas, policiales, judiciales, sindicales y empresarias.
* Se designa a Alejandro Granados al frente del Ministerio de Seguridad bonaerense, que nada debería envidiarle al viejo ministro de la Triple A, Carlos Ruckauf, por su famosa campaña de “meta bala” en los años 90...
 ¿Dónde está Julio López?
¿Dónde está Luciano Arruga?
Masacre de La Plata
Roberto “Laucha” Loscertales,
Hugo Frigerio, Lidia Agostini,
Carlos “Dicki” Povedano,
Patricia Claverie, Oscar Lucatti,
Ana María Guzner Lorenzo, Adriana Zaldúa,
todos ellos militantes del
Partido Socialista de los Trabajadores (PST)
asesinados en septiembre de 1975 por la Triple A armada por el Gral. Perón y su heredera, “Isabelita”.
Nuestro recuerdo militante
“…La mirada al pasado es imprescindible para aprender de nuestras raíces y de nuestra historia… La mirada hacia el futuro está vinculada con que los ateos comunistas no realizamos recordatorios religiosos, sino de combate y compromiso ante la lucha de nuestros hermanos caídos.
Tomamos la posta que a ellos los obligaron
a dejar las balas asesinas del enemigo…
Nuestro compromiso no es con la victoria,
que podremos ver o no, o la verán, quizá, nuestros hijos o los hijos de nuestros hijos…
Nuestro compromiso es continuar esa lucha
,
y poner de nosotros lo mejor para sembrar todas las semillas posibles en la tarea de enterrar a la sociedad de clases, de explotación y de opresión…”
 (Jorge Guidobono, dirigente de la LSR fallecido el 2-9-2007. Palabras pronunciadas en ocasión del acto homenaje en La Plata, al cumplirse 25 años de la masacre.)

Hoy, a 38 años de aquellos crímenes de Estado, mientras el imperialismo yanqui prepara un nuevo genocidio sobre el pueblo sirio y en la Argentina se le entrega a Chevron el negocio petrolero a fuerza de reprimir la protesta popular, levantamos con fuerza aquellas banderas de batalla antimperialista y anticapitalista, a la vez socialista y revolucionaria, por la que les arrancaron su vida a nuestros camaradas del PST.